Pliego
de condiciones:
Es un documento contractual.
Es un conjunto de artículos o cláusulas que regulan
los derechos, las obligaciones y las garantías mutuas entre
las partes que intervienen en el desarrollo, la puesta en marcha
y ejecución del proyecto.
Partes que intervienen:
– La propiedad.
– El contratista: Es el ejecutor del proyecto.
– El director de obra: Representa a la propiedad y velará
por los intereses de ésta.
– El proyectista: Es quien diseña el proyecto. Es
muy habitual que sea también el director de obra.
Consta de 4 pliegos:
a) Pliego de condiciones de índole técnica:
Regula el tipo de materiales, especificaciones técnicas.
b) Pliego de condiciones de índole facultativa:
Regula las relaciones entre la dirección de la ejecución
(director de obra) y el contratista.
Consta de 4 epígrafes:
• Obligaciones y derechos del contratista.
• Prescripciones generales, relativas a los trabajos, materiales
y medios auxiliares.
• Recepciones y liquidaciones.
• Facultades que tiene el director de obra.
c) Pliego de condiciones de índole económica:
Regula las condiciones entre la propiedad y la contrata. Consta
de 7 epígrafes:
• Base fundamental.
• Garantías de cumplimiento y fianzas.
• Precios y revisiones.
• Trabajos de administración.
• Valoración y abono de los trabajos.
• Indemnizaciones mutuas.
• Varios
d) Pliego de condiciones de índole legal:
Regula la personalidad de los contratos, la forma de hacer el
contrato y la rescisión del mismo.
Consta de un solo epígrafe con los siguientes apartados:
• Trabajos a los que se refiere el contrato.
• Hallazgos.
• Adjudicación.
• Contrato y formalización del mismo.
• Causas de rescisión.
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