| La planificación
hidrológica tendrá por objetivos generales conseguir
el buen estado ecológico del dominio público hidráulico
y la satisfacción de las demandas de agua, el equilibrio
y armonización del desarrollo regional y sectorial, incrementando
las disponibilidades del recurso, protegiendo su calidad, economizando
su empleo y racionalizando sus usos en armonía con el medio
ambiente y los demás recursos naturales.
2. La planificación se realizará mediante los Planes
Hidrológicos
Los Planes Hidrológicos de cuenca comprenderán
obligatoriamente:
a) El inventario de los recursos hidráulicos.
b) Los usos y demandas existentes y previsibles.
c) Los criterios de prioridad y de compatibilidad de usos, así
como el orden de preferencia entre los distintos usos y aprovechamientos.
d) La asignación y reserva de recursos para usos y demandas
actuales y futuros, así como para la conservación
o recuperación del medio natural.
e) Las características básicas de calidad de las
aguas y de la ordenación de los vertidos de aguas residuales.f)
Las normas básicas sobre mejoras y transformaciones en
regadío que aseguren el mejor provechamiento del conjunto
de recursos hidráulicos y terrenos disponibles.
g) Los perímetros de protección y las medidas para
la conservación y recuperación del recurso y entorno
afectados.
h) Los Planes hidrológico-forestales y de conservación
de suelos que hayan de ser realizados por la administración.
i) Las directrices para recarga y protección de acuíferos.j)
Las infraestructuras básicas requeridas por el Plan.
k) Los criterios de evaluación de los aprovechamientos
energéticos y la fijación de los condicionantes
requeridos para su ejecución.l) Los criterios sobre estudios,
actuaciones y obras para prevenir y evitar los daños debidos
ainundaciones, avenidas y otros fenómenos hidráulicos.
Ley
29/1985, de 2 de agosto, de Aguas
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