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Ley
Sálica.
Las
leyes sálicas, recopilación de leyes consuetudinarias
de los francos salios de la alta Edad Media, contemplaban una
disposición que excluía a las hijas de la herencia
de las tierras de la familia.
Esta
norma fue invocada en Francia en el siglo XVI para excluir a las
mujeres de la sucesión al trono en la denominada Ley Sálica,
adoptada posteriormente por otras monarquías europeas.
La Ley Sálica española, de Felipe V (auto acordado
de 1713), derogaba las reglas sucesorias de las Partidas y anteponía
el derecho de todos los varones del linaje real a heredar el trono
al derecho de las mujeres.
Fue
derogada a su vez por Fernando VII (pragmática sanción
de 1830 y testamento de 1832). El hermano de Fernando VII, Carlos,
se acogió a la Ley Sálica para legitimar su pretensión
al trono, en detrimento de la hija del monarca, la futura Isabel
II.
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