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El
error: artículo 1266 CC. Afecta al conocimiento
de lo verdaderamente querido para contratar.
- Error de derecho: (no saben que con este acto se está
contratando). No ha sido reconocido por la jurisprudencia como
motivo para anular un contrato, no invalidaría el consentimiento.
El contrato existe desde el momento en que se producía
un concurso de voluntades.
- Error de personas: (el contrato se celebra con una persona cuando
se creía contratar con otra). Si es relevante a efectos
de invalidar el contrato.
- Errores de hecho:
- Ejemplo 1. Una persona contrata con otras la compra de una parcela
que no es edificable con la idea de edificar, desconociendo que
a tales efectos esté incapacitado para ello. Si hay error.
- Ejemplo 2 una
persona vende un apartamento ubicado en “los Ángeles”,
sin especificar más. El comprador piensa que es de los
Ángeles (California), mientras que es en los ángeles
de San Rafael (Madrid). Si hay error, pero no es muy claro (sería
un error sobre el objeto).
- Ejemplo 3. Un contrato de venta de un bien hipotecado, echo
no especificada en el contrato. Si hay error. |