| Se
entiende por divulgación de una obra toda
expresión de la misma que, con el consentimiento del autor,
la haga accesible por primera vez al público en cualquier
forma; y por publicación, la divulgación que se
realice mediante la puesta a disposición del público
de un número de ejemplares de la obra que satisfaga razonablemente
sus necesidades estimadas de acuerdo con la naturaleza y finalidad
de la misma.
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