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Diámetros:
El diámetro mínimo para el caso de las U.D. es
de 100 mm. Aguas abajo, los diámetros no pueden ir disminuyendo.
Para su cálculo, se ocupan tablas que indican el diámetro
a ocupar dependiendo de las pendientes y de las E.U.H. que se
suponen las tuberías debieran descargar.
Pendientes:
las tuberías en plantas deben poseer pendientes entre
un mínimo de tres (3%) por ciento y un máximo de
siete (7%) por ciento. En el caso de ramales en edificios, se
acepta un mínimo de 1 por ciento (1%) hasta una longitud
de tres metros para no producir vigones falsos muy grandes en
el piso inferior. Este rango (del 3% al 7%) asegura evacuación
de materias fecales y grasosas sin ninguna condición especial
independiente la tubería sea de material acero, PVC ó
cemento comprimido. Si la pendiente de la U.D. es mayor que la
pendiente de la cañería principal, sobre un ocho
por ciento (8%), se debe realizar una cámara de inspección
con un sistema especial de registro.
Impermeabilidad de las instalaciones para líquidos
y gases:
Toda boca de admisión debe llevar por lo menos un sifón
de carga mínima 50 mm. Toda instalación debe ser
fijada de manera que permita solicitaciones típicas de
su operación asegurando la estanqueidad. Las ventilaciones
se deben diseñar ojalá completamente verticales
y por ningún motivo pueden disminuir de diámetro
hacia pisos más altos.
Accesibilidad de las instalaciones para revisión
y limpieza:
Las cámaras de inspección interiores de la propiedad
podrán estar distanciadas máximo cada 30 metros
si el diámetro de la cañería principal es
de 100 mm. y estar separado máximo 50 metros si su diámetro
es de 150 mm. o mayor. La cámara que enfrenta el empalme
al colector público no debe estar distanciada a más
de 20 metros de distancia del colector.
Al término de una instalación de alcantarillado,
se deben ejecutar pruebas de agua, de humo y de bola para verificar
la calidad de las mismas.
Reglamento de Instalaciones Domiciliarias de Agua
Potable y Alcantarillado
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