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Definición de arras

 

Las ARRAS.

Son un elemento accidental y no esencial del contrato, se incluyen por libre voluntad de las partes. Es una suma que una parte entrega a la otra como señal.

- Arras confirmatorias: son la señal de la celebración de un contrato. El contrato adquiere entonces un carácter confirmatorio.

- Arras penitenciales: se emplean cuando, al perfeccionarse el contrato, alguna de las partes quisiera rescindir de él. Entonces una parte se desligaría del contrato perdiendo la cantidad entregada y la otra devolviendo las arras por duplicado.

Es muy importante que sean incluidas como cláusula específica, es decir, según la jurisprudencia, es necesaria la mención al precepto o carácter penitencial para que no sea una nueva señal (señal confirmatoria).

Si ambas partes están de acuerdo en que quieren rescindir el contrato no hay que hacer devolución alguna.