Conductor de unidad tractora. Agente autorizado para la conducción de un vehículo motor de cualquier clase (o máquina de vía) que tiene a su cargo el cumplimiento de las normas reglamentarias que le correspondan, en especial las órdenes de las señales y demás normas del R.G.C. (Reglamento General de Circulación) que le afecten. En plena vía, ejerce el mando de todo el personal del tren, excepto en los trenes de pruebas.
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